Condenaron a perpetua a cuatro genocidas por las desapariciones en Salta

09/05/2017 | Revista Norte

El fallo dejó a un público desorientado porque los jueces nada dijeron de las acusaciones a Héctor Ríos Ereñú.

El Tribunal Oral Federal 1 de Salta condenó ayer a los seis hombres que estaban siendo juzgados por delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia en 1975 y 1976.

Sin embargo, tras los cantos, el fallo dejó a un público desorientado y, en varios casos, triste: es que los jueces Federico Díaz, Mario Juárez Almaraz y Gabriel Casas nada dijeron de las acusaciones a Héctor Ríos Ereñú por ocho de las 32 víctimas traídas a este proceso.

La lectura del veredicto se dio pasadas las 17, a sala llena, la mayoría familiares de las víctimas, venidos de distintos puntos de la provincia. El fallo fue dividido, con mayoría de Juárez Almaraz y Casas.

Los ex jefes de la Policía de Salta Miguel Raúl Gentil y Virtom Modesto Mendíaz fueron condenados a prisión perpetua (el primero por 19 homicidios y el segundo por dos homicidios). También fue condenado a prisión perpetua el ex jefe de Seguridad de la Policía, Joaquín Guil (por 7 homicidios).

Y fue condenado a prisión perpetua el ex jefe del Regimiento de Infantería de Monte 28, Héctor Ríos Ereñú, pero sólo por tres (los casos de Nicolasa del Valle “Menena” Montilla, Sylvia Ruth Sáez de Vuistaz y Juan de Dios Ortiz) de los once homicidios que se le atribuían. Se supone que fue absuelto por los otros ocho homicidios, pero el Tribunal nada dijo.

El no fallo respecto del ex jefe del Ejército se dio en los casos de los secuestros y desapariciones de Benita Medina de Giménez, Mario Bernardino Luna Orellana, Santos Abraham Garnica, David Rey León Paz, Sergio Wenceslao Copa, Gregorio Tufiño Ruiz,   Raúl Araujo y María del Carmen Buhler Gómez.

Como Gentil fue condenado por Luna Orellana, Garnica, Copa y León Paz, sus familiares tuvieron un consuelo. Distinta fue la situación de los familiares de Medina,  Gregorio Tufiño,   Araujo y Buhler.

Ni bien terminó la lectura, que incluyó la condena a cinco años de prisión al comandante de Gendamería Diego Alejandro Varas, y la condena a cuatro años al comisario Arturo Madrigal, los familiares de los no nombrados manifestaron su desconcierto. Muchos habían venido de lugares distantes, como el caso de algunas de las hijas de  Benita (desde Colonia Santa Rosa); la madre de Araujo, Bernarda Tolaban (de Orán); el cuñado de Gregorio Tufiño, Juan Carlos Santamaría  (de San Juan); el hermano y un sobrino de Buhler (de Metán).

“Es como la nada nomás, no sé qué clase de juicio hacen”, sostuvo María Giménez. Ante la falta de información, Santamaría pasó de la desazón al consuelo  (cuando alguien le hizo notar que la sentencia se hablaba de absolución), pero al final se retiró frustrado, entendiendo que el silencio de los jueces implica la absolución en los ochos casos no nombrados.

“Un fallo antidisturbios”, calificó alguien en la sala. Es que todo parece indicar que los jueces eligieron no nombrar los casos absueltos para evitar una reacción adversa del público.

Un error jurídico 

“No pronunciarse sobre las víctimas además de un error jurídico es una falta de respeto a las partes y a las víctimas que estuvieron desde octubre de 2015 debatiendo cada caso”, sostuvo el fiscal Juan Manuel Sivila, que junto a sus pares Francisco Snopek y Carlos Amad estuvieron intentando obtener más datos de los secretarios Mariano García Zavalía y Denise Blajen Bent, quienes afirmaron que todo quedará claro con los fundamentos, que se conocerán recién el 26 de junio.

Los fiscales adelantaron que hoy pedirán una aclaratoria. Lo mismo informó la abogada Susana Aramayo, querellante por la organización Encuentro Memoria Verdad y Justicia.

No es la primera vez que los fallos de este tribunal requieren de una aclaratoria. Ya en 2015, condenó al comisario Antonio Saravia a tres años de prisión efectiva, sin embargo, al día siguiente aclaró que era una condena en suspenso.

Extraoficialmente se supo que los jueces Juárez Almaraz y Casas llegaron a la conclusión de que, a los efectos represivos, la Subárea 322-1 existió efectivamente y estuvo bajo el mando del jefe del Regimiento 28, Ríos Ereñú, pero sólo comprendía al departamento San Martín, y no a Orán.  Los convictos seguirán con prisión domiciliaria o en libertad.

Otros hechos desaparecidos por el Tribunal

El Tribunal Oral Federal 1 de Salta tampoco se pronunció sobre las detenciones ilegales y las torturas que sufrieron Aldo Bellandi y Ernesto Mamaní. 

Y, quizás un dato más preocupante todavía, tampoco se pronunció sobre las acusaciones por violación en perjuicio de la militante Juana López.

“Mal por su perspectiva de género”, sostuvo el fiscal Juan Manuel Sivila, para quien con esta decisión los jueces “solapan las agresiones sexuales”, un tipo de delito que ha sido ya juzgado de manera autónoma, no como parte de los tormentos.

Es más, este mismo tribunal, aunque con otra integración, ya dictó sentencia por delitos sexuales en perjuicio de la misma persona en la Megacausa Salta.

En este caso, la acusación fiscal ni siquiera fue considerada en la parte resolutiva del fallo. Habrá que esperar a los fundamentos para saber lo que concluyeron los jueces al respecto.

A la lectura de la sentencia asistieron el secretario de Derechos Humanos de la provincia, Federico Uldry, la senadora Gabriela Cerrano y la concejala Lihué Figueroa, además de numerosos familiares y militantes de DDHH.

 

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