En un fallo judicial se ratificó la cautelar que prohíbe el corte del servicio a quienes no puedan pagar las boletas. La medida fue revisada luego de que defensores del consumidor plantearan la inconstitucionalidad del aumento a las tarifas. Las multas llegan a los $100 mil.
El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, ratificó la medida cautelar que prohíbe el corte del suministro de gas a los usuarios que no lo puedan pagar. Las prestatarias del servicio serán sancionadas con multas que van de $1.000 a $100.000 por cada corte ilegítimo.
La entidad que propuso la medida es Consumidores Argentinos, que en realidad lo que proponían era la inconstitucionalidad del aumento de las tarifas dispuesto por el Ministerio de Energía. El juez no hizo lugar a esa pretensión, sino que ordenó que las empresas no puedan cortar el suministro a los usuarios por falta de pago.
En su resolución, Padilla señaló que el servicio de gas “no puede convertirse en un bien suntuario de acceso limitado sólo para determinados grupos. El Estado debe garantizar un estándar mínimo de calidad de vida y la accesibilidad a los servicios públicos esenciales”.
También explicó que, más allá de que la Ley de Emergencia Tarifaria ha sido vetada por el presidente Mauricio Macri, “esto no ha modificado las circunstancias de hecho y de derecho vinculadas a la obligación del Estado deatender derechos indispensables y la situación de los sectores vulnerables”.
En este sentido, la decisión judicial señala “algo tan simple como importante, que es que los ciudadanos más vulnerables que se encuentren económicamente imposibilitados de abonar el nuevo cuadro tarifario que ha sido impugnado judicialmente, deben ser protegidos por el Estado”.
También aclaró que la medida alcanza sólo a aquellos que a los que “les puede resultar excesivamente oneroso afrontar el nuevo cuadro tarifario o se encuentran en la necesidad de resignar otros servicios o derechos básicos para atender a su pago”.
Asimismo, se dispuso que las prestatarias del servicio de gas informen al Tribunal acerca de los cortes de suministro que se lleven adelante por falta de pago, dando cuenta de lo actuado en el marco del procedimiento establecido por la Justicia, como una manera de mantener un control sobre las mismas.-
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