Condenan a una escribana y a un contador por estafa y falsedad ideológica

10/08/2022 | Revista Norte

Por estafa para adquirir un inmueble a sabiendas que su titular original nunca llevó adelante la venta del mismo. 

En una audiencia de debate llevada a cabo en la Sala VII del Tribunal de Juicio, María Alejandra Torrado (55) y Luis Eduardo Caballero (63) resultaron condenados a la pena de dos años y ocho meses de prisión condicional como coautores de los delitos de estafa y falsedad ideológica en concurso ideal. A Torrado se le fijaron además cuatro meses de inhabilitación absoluta. La imputada es escribana; el imputado es contador.

El juicio unipersonal fue presidido por la jueza Paola Marocco.

Se ordenó la libertad de los dos acusados por la modalidad de cumplimiento de la pena impuesta y se les fijaron reglas de conducta durante tres años. Entre ellas, establecer residencia en la ciudad de Salta, informar al tribunal sobre cualquier cambio y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; prohibición de comunicarse con el damnificado por cualquier medio (verbal, escrito, teléfono, whatsapp, etc.); realizar trabajos no remunerados a favor de una institución de bien público por cuatro horas semanales, por el término de seis meses, y presentar las constancias respectivas. Todo ello con estricto apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena impuesta en caso de incumplimiento injustificado.

El denunciante refirió que se encontraba en un terreno de su padre F. L., ubicado en barrio Tres Cerritos, cuando se presentó un hombre y le preguntó quién era y qué hacía ahí. Le respondió que era el hijo del dueño y el sujeto le dijo que se fuera porque él había comprado el inmueble.

Ante esto, la hermana del denunciante se dirigió a la Dirección General de Inmuebles para solicitar una copia de la cédula parcelaria del terreno y le informaron que había sido vendido a Luis Eduardo Caballero mediante escritura pública rubricada por la escribana María Alejandra Torrado.

En la escritura se acreditaba la supuesta venta realizada por el propietario del inmueble, F. L., con datos  que fueron insertados dolosamente por la escribana Torrado, quien no pudo desconocer que la persona que se presentaba no se correspondía con la documentación presentada en esa oportunidad.

La conducta desplegada por Torrado posibilitó que Caballero llevara adelante la estafa de “adquirir” un inmueble a sabiendas que su titular original nunca llevó adelante la venta del mismo.-

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