Candidatos de formulas presidenciales no podrían asumir por infractores a la ley
30/07/2019 | Revista Norte

Son 5 los precandidatos en falta con el Código Electoral Nacional. Estarían imposibilitados de asumir por su condición de infractores.
Cinco candidatos de las diez fórmulas presidenciales que se presentan en estas elecciones nacionales figuran en el Registro de Infractores al Deber de Votar. Tres de ellos estarían impedidos, por ley, de ejercer sus mandatos en caso de triunfar.
«Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito», establece el artículo 12 del Código Electoral Nacional; pero quedan exentos de esta obligación, aquellos que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar en el que tengan que sufragar.
En el artículo 125 la ley nacional establece que «se impondrá multa de 50 a 500 pesos» al elector «que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección».
A su vez marca que «cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se entregará una constancia al efecto.
No todos los candidatos en las fórmulas presidenciales cumplieron con ello en elecciones pasadas, con lo cual están registrados como infractores a la ley electoral.
¿Quiénes son?
Manuela Castañeira
Precandidata presidencial por el MAS.
No votó en el balotaje de noviembre de 2015 y tampoco justificó su ausencia en las urnas ni pagó la multa de 50 pesos que rige.
Juan José Gómez Centurión
Precandidato a Presidente de la Nación por el Frente Nos.
No ejerció su deber en las generales de octubre de 2015 y tampoco cumplió con los requisitos que establece el Código Electoral Nacional.
Alejandro Biondini
Precandidato a Presidente de la Nación del Frente Patriota
No votó en las generales de 2017. Tampoco justificó su ausencia ni pagó la multa de 50 pesos.
Luis Rosales
Precandidato a vicepresidente que acompaña a José Luis Espert -por Unite-.
Es quien más ausencias a votar registra de todos los postulantes: no concurrió a las urnas en el balotaje de 2015 ni en ninguna de las dos elecciones legislativas de 2017 y por ello tiene pendiente una multa de 200 pesos con la Justicia Nacional Electoral.
Sergio Pastore
Precandidato a vicepresidente por el Movimiento de Acción Vecinal.
No sufragó en ninguna de las dos elecciones de 2017 y debe los 150 pesos que le impusieron de multa.
El infractor incluido en el Registro de infractores al deber de votar establecido en el artículo 18 no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”, añade el texto vigente.-
Fuente: El Litoral