CON SOCIO PARA LA OBRA PUBLICA DEL NORTE SALTEÑO

08/03/2018 | Revista Norte

ORAN.

El proyecto del Consorcio para la obra pública de los Departamentos Orán y San Martín tiene varias objeciones, sobre todo con lo vinculado a la transparencia. Justamente, los dos intendentes más cuestionados y denunciados tendrían el mayor de los protagonismos en esta asociación lícita que pretenden aprobarse.

REVISTA NORTE

El Concejo Deliberante de Orán debe dar tratamiento al Proyecto de Ordenanza que el Intendente Lara Gros envió el 27 de noviembre pasado para la Constitución de un Consorcio Público de Obras Públicas Municipales de los Departamentos Orán y San Martín.

¿En qué consiste el Consorcio?

El Estado compra máquinas para pavimentar calles y rutas, los municipios involucrados ponen a disposición sus maquinas y equipos, la mano de obra municipal (técnicos, empleados y obreros) y ponen también a disposición los fondos de los presupuestos municipales para que los administre el Consorcio. Esto quiere decir que no cambia casi en nada la ejecución de la obra pública para las ciudades, puesto que los municipios en su mayoría las hacen ya así; lo que cambia sustancialmente es la manera en que se manejarán los recursos de la obra pública, pero en la parte operativa sigue igual. Esto a su vez significa que el ahorro o los mejores costos en la obra pública, no sería distinto a lo que es.

Por otro lado, por qué el proyecto alega mayor eficiencia en las obras si las harían los mismos que hasta ahora las vienen haciendo? La eficiencia solo estaría dada en la utilización de nuevas maquinarias que aportará la provincia y para lo cual no se necesita crear la estructura de un Consorcio.

¿Dónde radica el quid de la cuestión?

Si la provincia pone las máquinas y otros recursos económicos, los municipios la plata, la mano de obra y también maquinas y equipos, ¿en qué radica la diferencia? La respuesta surge muy fácil a poco de leer el proyecto: en el monopolio de las decisiones y en la evasión del control.

Con solo leer el expediente (Estatuto, Resolución, etc.) estas conclusiones aparecen. Principalmente, los Concejos Deliberantes de los municipios que conformaran el Consorcio y/o los legisladores provinciales de los respectivos Departamentos NI FIGURAN en el Proyecto; son borrados de cuajo, no participan del funcionamiento del Consorcio. Es más, los legisladores no fueron NI consultados por esto y los Concejos Deliberantes son solo consultados por única vez para su aprobación, luego de la cual desaparecen tanto en sus funciones de control como de decisión. GRAVÍSIMO.

Las obras pueden perfectamente realizarse incorporando las máquinas del Estado Provincial, tal cual están previstas las formas con el sistema actual que incluso tiene constitucionalmente estipulado el funcionamiento y control de la obra pública.

Para hacer las obras en los municipios, no debieron esperar a tener el Consorcio y ya podrían haberlas iniciado; ya que los recursos y las herramientas de las que se dotará al Consorcio son las mismas que hoy tienen las administraciones y que pretenden transferirlas a una nueva administración.

Veamos su conformación

Los municipios participantes son siete, los seis del Departamento Orán y solo uno, General Ballivián, del Departamento San Martín; más el Gobierno de la Provincia de Salta.

El Consorcio se regirá por tres Organos, increíblemente todos conformados por ellos mismos:

  • El Consejo de Administración: tendrá a cargo la dirección y administración del Consorcio, estará constituido por los intendentes de los municipios que lo conforman y de ellos se designará el Presidente del Consejo de Administración. Será el mismo Consejo el que designará un Gerente General de Operaciones que hará la gestión técnica, administrativa y financiera del Conosorcio con un cargo rentado.
  • La Asamblea: es el órgano de gobierno del Consorcio y estará constituida por un representante de cada uno de los municipios y por el representante de la Provincia. Sesionará una vez cada seis meses como mínimo. Nada obliga sobre cómo elegir al representante de cada municipio para que conforme la Asamblea, así que también los designarán ellos mismos. Aquí pudieron haber incluido a los Concejos Deliberantes y a los legisladores provinciales de los Departamentos respectivos, para conformar un órgano de gobierno más amplio de, al menos, 50 asambleístas aproximadamente; pero NOP. Serán solo 8 miembros en la Asamblea, todos elegidos a dedo y por ellos mismos.
  • El Organo Revisor de Cuentas: Se integrará por un Revisor de Cuentas titular y uno suplente, designados ambos por el Concejo de Administración a propuesta de la Asamblea. Nuevamente: todo entre ellos mismos.

Así es. En ninguno de estos Organos que regirán el Consorcio fueron integrados los representantes del pueblo, ni los Concejales ni los legisladores provinciales. Todo queda en pocas manos.

El proyecto también somete las actividades del Consorcio al control de la Auditoría General de la Provincia. Todos los años la Auditoría observa miles de irregularidades de las administraciones municipales y provincial, observaciones que solo quedan en eso, en meras observaciones; ya que no se conocen casos en que, ante la detección de irregularidades e incumplimientos de la ley y la Constitución, la Auditoría haya elevado caso alguno a la Justicia. (VER: Urtubey Informe 2: Las cuentas públicas de Salta).

Algunos interrogantes

A pesar de que el Consorcio es para los municipios de los Departamentos de Orán y de San Martín, solo un municipio de éste último Departamento forma parte del Acta Constitutiva, el Municipio de Vallivián. Según pudo conocer nuestra Revista esto es así porque este proyecto debía necesariamente pasar por única vez por los Concejos Deliberantes de cada jurisdicción que lo conforma “y ante el riesgo a que la discusión fuera a tornarse escandalosa, dada las conformaciones políticas de los mismos, optaron por incluir a los Concejos menos problemáticos” y dejar la puerta abierta para que se incorpore a los otros en otros momentos políticos. El Decreto que dio formalidad a este proyecto fue refrendado por el Ministerio de Infraestructura de la Provincia con fecha 9 de octubre de 2017. “Los resultados electorales ya se conocían, así que según convenga, con los Concejos pasados o presentes, debía lograrse la aprobación en cada municipio”.

El Concejo Deliberante de Orán debe tratar este proyecto para aprobarlo o rechazarlo. Sería el último trámite pendiente para que se efectúe. En él se otorga potestad de “Ultra Supra Poderes” a los poderes ejecutivos, lo que tanto se intenta combatir en aras de la “transparencia” y cuando se quiere mejorar el funcionamiento institucional del sistema Republicano y Democrático. Nada de esto parece estar presente en este proyecto.

Revista Norte consultó al asesor del Concejo Deliberante, el abogado Hernán Mascietti, sobre este tema. Mascietti reconoció que las “observaciones” al proyecto que intentarían realizar desde los bloques de los concejales kirchneristas “son solo observaciones”, diríamos observaciones discursivas para ser más claros; ya que en nada puede modificarse la letra del proyecto. Esto quiere decir que el voto es a favor o en contra tal cual está, nada se puede modificar.-

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