Condiciones para cobrar el bono

01/09/2023 | Revista Norte

El Gobierno aclaró punto por punto y habilitó las denuncias.

Con la firma de la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Raquel “Kelly” Olmos, el Gobierno nacional emitió la resolución 1125/2023 para formular aclaraciones sobre el bono de $60.000 que percibirán trabajadores públicos y privados que cobren menos de $400.000 por mes.

Para empezar, se estableció que las personas que podrán ser beneficiarias de dicha medida serán quienes tengan relaciones laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023, siempre y cuando hayan prestado tareas en forma efectiva.

Además, se aplicará a los que perciben salarios netos inferiores a $400.000 o el monto proporcional a las horas efectivas trabajadas en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional.

Por otra parte, se aclaró que por salario neto se entenderá “al importe que surge de deducir del salario bruto los aportes personales que corresponden a los siguientes:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias;
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias;
  • Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificatorias;
  • Horas extras, antigüedad, entre otros.

El ejecutivo nacional confirmó que el monto total de la asignación será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y será abonado en dos cuotas iguales y consecutivas con los siguientes vencimientos:

  • Primera cuota: máximo de 15 días hábiles contados a partir del 1 de septiembre de 2023;
  • Segunda cuota: con los salarios a abonarse en el mes de octubre.

“La asignación también es procedente para aquellos trabajadores y trabajadoras que al 31 de agosto de 2023 se encuentren con licencia con goce de haberes a causa de enfermedad o accidente inculpable, en cuyo caso el monto total de la asignación se determinara en función de la jornada laboral que venía desempeñando antes de iniciar la licencia”, aclararon en la resolución.

Cabe destacar que se establecieron dos canales de contacto para denunciar el incumplimiento en el pago del bono por parte del empleador:

  • Llamada telefónica: 0800-666-4100.
  • Correo electrónico: consultas@trabajo.gob.ar.

Una vez tomada la denuncia, un inspector irá a la empresa y si confirma la evasión del pago, ingresará en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, y será sancionada por no cumplir con el trabajo registrado.-

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