La Agencia de Administración de Bienes del Estado deberá «revisar» la entrega de inmuebles de Macri a Larreta, según lo determinó el gobierno de Alberto Fernandez.
El gobierno nacional estableció hoy que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe) deberá «revisar» en no más de 60 días la «legalidad» de los procesos por los cuales el Estado nacional transfirió inmuebles a la ciudad de Buenos Aires entre diciembre del 2015 y diciembre 2019, durante la gestión de Cambiemos.
También la administración de Alberto Fernández derogó una norma que facultaba a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a «dar en pago» bienes en desuso para «cancelar deudas y afrontar compromisos financieros» del Estado nacional con las provincias o la ciudad de Buenos Aires.
Así quedó establecido en dos decretos publicados hoy en el Boletín Oficial: por un lado, el 145/2020, que derogó el inciso 23 del artículo 8 del decreto 1382 del 2012, incorporado por el artículo 5 del Decreto 740 del 2019; y por el otro, el Decreto 149/2020.
«La afectación de bienes inmuebles al pago de obligaciones (…) desnaturaliza la función asignada a la Agencia (…) e implica un desprendimiento de activos insustituibles que pertenecen al Estado Nacional», se señala en los argumentos publicados en el Boletín en relación a la primera norma, la 145/2020.
Además, remarca que el artículo ahora derogado «vulnera elementales normas en materia de competencias, al facultar a un ente descentralizado, a disponer por sí mismo, sin la verificación exhaustiva de su procedencia y cuantía, ni de su eventual previsión presupuestaria» el pago de deudas mediante la entrega de inmuebles.
También otro decreto, el 149 publicado hoy en el Boletín, estableció que la Agencia de Adminitración de Bienes del Estado debe «revisar en un plazo no mayor a 60 días la legalidad de los procesos que derivaron» en la cesión o transferencia de inmuebles del Estado Nacional a la ciudad, desde el 10 de diciembre del 2015 hasta el 10 de diciembre del 2019.
El Gobierno estableció que se revise las operaciones «que derivaron en la disposición, cesión, enajenación, transferencia, desafectación, asignación en uso o dación en pago, de inmuebles» de la Nación a la Ciudad.
En el artículo 3 también se instruye al Ministerio de Economía a solicitar al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal a fiscalizar que se cumpla con lo dispuesto.-
Fuente: Telam