La (in)justicia de familiares y amigos

25/03/2019 | Revista Norte

En Orán una mujer víctima de violencia de género y su abogada denunciaban que la causa se demoraba porque el acusado tiene familiares y amistades dentro del sistema judicial. La justicia no dio explicaciones sobre los cuestionamientos, y lo absolvió.

Los jueces Mario Maldonado, Edgardo Laurenci y Aldo Primucci, de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, absolvieron este miércoles (20 de marzo) a Francisco Javier Filtrín por el principio de la duda.

Filtrín fue juzgado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma y privación ilegítima de la libertad, y por el delito de usurpación por los que llegó requerido a juicio. Tanto la querella, representada por la abogada María Segovia, como la Fiscalía habían pedido que fuera condenado a 10 años de prisión. Pero para el tribunal, no se llegó a probar su culpabilidad.

El acusado es un empresario de San Ramón de la Nueva Orán. La víctima es su ex esposa, a la que agredió cuando ya llevaban un año de separados y mediaba una prohibición de acercamiento, precisamente por hechos de violencia de género que habían sido denunciados por la mujer. A pesar de la gravedad de los delitos que se le atribuían llegó a la instancia del juicio oral en libertad. Vove consultó en el Poder Judicial por esta cuestión, y no hubo respuestas.

La audiencia de debate se llevó a cabo la semana pasada. La abogada María Segovia, contó a Vove que se logró llegar a debate solo con la presentación de un pronto despacho.

Se preveía que la sentencia se iba a conocer el miércoles 13 de marzo, pero el Tribunal anunció que le faltaba todavía incorporar una prueba y pasó a un cuarto intermedio hasta este miércoles: “Se suspendió con la excusa de que faltaba incorporar un expediente que sería el de violencia de familia y que fue ofrecido como prueba”, explicó la abogada, para quien esto “era previsible” porque “estamos ante la presencia de una persona que tiene bastantes conocidos en el Poder Judicial”.

El ahora absuelto es tío de la fiscal Penal de Violencia de Género y Familiar, María Soledad Filtrín, cuyo esposo (que vendría a ser sobrino político del imputado) es secretario en otra Fiscalía. En el trámite de la causa esto motivó que fuera pasando hasta quedar a cargo de la fiscal Penal 1, Daniela Murúa.  Además, la denunciante y su abogada destacaban que el empresario mantiene vínculos con otros estamentos del sistema judicial a través de un primo, el ex defensor oficial Luis Filtrin, ya jubilado.

Segovia aseguró que durante la instrucción (la primera parte de la investigación de este hecho) también hubo demoras. “Nunca estuvo detenido, desde el primer día de la denuncia solamente se lo demoró determinada hora en la policía y después se lo trasladó al hospital con el argumento de que tenía descompensación”. De ahí recuperó la libertad a los 15 días porque no se le dictó la prisión preventiva. La Fiscalía dejó vencer los plazos para pedirle la preventiva y el juez de Garantías “inmediatamente” lo liberó. “Es algo ilógico, pero ocurrió”, sostuvo la abogada.

“Yo hago penal y ninguna causa penal de abuso sexual se ha manejado como se ha manejado ésta. Es más, llegamos a tener fecha de audiencia con un pronto despacho, si no, no teníamos fecha de juicio”, ratificó.

Los hechos objeto de este proceso datan del 2 de febrero de 2017. Por entonces denunciante y denunciado estaban en trámite de divorcio desde hacía un año.

En declaraciones a Revista Norte, Segovia había afirmado que había pruebas suficientes para condenar al acusado: la declaración de la víctima, “que vale como prueba primordial cuando hay un caso de abuso sexual”; el certificado médico, “que en este caso afianza los dichos de la víctima” porque da cuenta de la existencia de lesiones físicas de autodefensa; los peritajes psicológicos, el informe referido al imputado “lo muestra como una persona muy impulsiva, con una personalidad agresiva” mientras que el informe de la mujer “ratifica que es una persona que está diciendo la verdad, que no tiene tendencia a la mendicidad”, que “sí presenta todas las características psicológicas de una víctima de abuso, con las secuelas que normalmente dejan en las personas el abuso sexual”. A estas tres pruebas se le sumó un video realizado por el propio empresario en su teléfono celular y que fue aportado a la causa por uno de sus hijos, luego de que fuera detenido, tras la denuncia de la mujer.

Segovia había advertido de los prejuicios que suelen cegar a los jueces cuando la denunciante de un abuso sexual es o ha sido la pareja del acusado. Los magistrados suelen mostrarse remisos a concebir que existe la violación dentro de un matrimonio. Por lo que trascendió, parece que fue el caso. Se sabrá cuando se conozcan los fundamentos de la sentencia.-

VOVE

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