Ley para que autónomos y monotributistas puedan regularizar aportes y jubilarse

27/08/2014 | Revista Norte

camara de diputados nacional

 

La Cámara baja debate la nueva moratoria previsional

En la segunda sesión ordinaria del año, Diputados buscará sancionar el proyecto que ya cuenta con media sanción del Senado para que autónomos y monotributistas puedan regularizar aportes.

La Cámara de Diputados sesiona este miércoles con el objetivo de convertir en ley por amplia mayoría la nueva moratoria previsional para que autónomos y monotributistas puedan regularizar aportes.

La segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional es el tema principal de la segunda sesión ordinaria del año, que arrancó a las 12.30 con 131 diputados presentes.

Además, se tratará una serie de seis modificaciones a la ley de Contrato de Trabajo y la creación de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal en el ámbito de la Cámara Federal de Casación Penal.

Al inicio de la sesión, el pleno avaló la renuncia de la kirchnerista Carolina Scotto y juró su reemplazante, el intendente de Villa de Totoral Ernesto Bernabey, quien incluso llevó hinchada propia que ocupó los palcos del recinto.

La nueva moratoria

El proyecto de moratoria, que consta de 13 artículos, implementa la segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional, dándole continuidad a la moratoria impulsada por el expresidente Néstor Kirchner en 2005.

La norma está destinada a los autónomos y monotributistas que, habiendo cumplido la edad jubilatoria -o cumpliéndola en los dos años de vigencia de esta norma-, tengan que regularizar aportes hasta diciembre del año 2003, ya que el plan anterior regía hasta 1993.

Según explicó la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, esta nueva moratoria permitirá «la universalización» del sistema y beneficiará a más de 470 mil personas que hoy están afuera por no contar con los 30 años de aportes.

La flamante ley consiste en un plan de facilidades que le permite a los autónomos regularizar sus aportes en 60 cuotas, que estarán atadas a la movilidad jubilatoria. Para acceder a este beneficio, el interesado deberá realizar un trámite previo en la Anses y deberá estar inscripto en la AFIP.

La prestación, a su vez, es incompatible con “una prestación previsional contributiva de cualquier nivel de gobierno o pensión no contributiva o plan social, salvo que se trate de una prestación previsional mínima”.

Los trabajadores en relación de dependencia y las empleadas domésticas también podrán jubilarse por este medio, siempre y cuando se registren primero como autónomos.-

 

Parlamentario

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