Rechazo al acuerdo del Gobierno con la CGT y la UIA por quita del 25% al salario

30/04/2020 | Revista Norte

Comunicado: Por una emergencia con derechos 

Ante la firma del acuerdo entre la CGT y la UIA, la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA-A) manifiesta su absoluto rechazo, pues tiende a la negociación colectiva a la baja, sin condiciones y a colocar al trabajador en estado de indefensión.

Se pretende universalizar una quita del 25% del salario de los trabajadores, sumado a un sistema de subvenciones, donde sectores de empresas concentradas transfieren el pago de salarios al erario público. De esta forma, solo se hacen cargo de una pequeña parte con un costo insignificante en función de sus ingresos y ganancias habituales. El acuerdo pone en el mismo plano a las pequeñas y medianas empresas que verdaderamente requieren el apoyo del estado.

LA CTA-A y sus organizaciones adheridas no están representados por la CGT ni dimos mandato alguno, por lo que nos consideramos en libertad de acción para reclamar lo que los trabajadores y trabajadoras resuelvan.

La resistencia y las movilizaciones populares impidieron que el gobierno neoliberal, representado por Mauricio Macri, consumara las reformas laborales y de la seguridad social. Fuimos los trabajadores y las trabajadoras, y el pueblo mayoritariamente, los que posibilitamos la derrota electoral del neoliberalismo y la asunción del actual gobierno presidido por Alberto Fernández.

Inmediatamente nos dispusimos a participar, desde la autonomía, en las decisiones de un gobierno que intenta “poner de pie” a nuestra patria, diezmada y seriamente afectada por las sucesivas políticas de ajuste.

La emergencia no es motivo suficiente como para anular la consulta y la participación de otras entidades de trabajadores y empleadores que estamos en condiciones de efectuar aportes para encarar la difícil situación por la que atravesamos. En este camino, se concentran las decisiones en unos pocos y se deteriora el sistema democrático.

La experiencia de los comités de crisis que se han constituido en la lucha contra el hambre y la emergencia sanitaria, deben continuar siendo la orientación para lograr consensos en la actividad productiva.

Como Central de trabajadores, seguimos apoyando las medidas que posibiliten la salida de esta crisis profunda que azota a gran parte del mundo en el sentido de constituir una sociedad con más democracia, más equidad y mejores derechos.

En esa dirección, continuaremos aportando con propuestas, ideas y acciones.

Ricardo Peidro, Secretario General, Claudia Baigorria, Secretaria Adjunta, Hugo «Cachorro» Godoy, Secretario Adjunto.

El Ministerio de Trabajo oficializó hoy que homologará rebajas salariales de hasta el 25% para suspendidos

En el marco de la pandemia, el Ministerio de Trabajo de la Nación oficializó que homologará acuerdos salariales de emergencia con rebajas de hasta el 25% del salario neto para trabajadores que se encuentren suspendidos mientras se extienda la cuarentena obligatoria.

Lo hizo mediante la Resolución 397/2020 publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni.

El Gobierno tomó como modelo un acuerdo que firmaron la Confederación General del Trabajo (CGT) con la Unión Industrial Argentina (UIA), quienes solicitaron al ministerio dar certidumbre respecto de la situación de aquellas personas que no pueden prestar sus servicios habituales.

El acuerdo referido permite contar con un marco producto de la voluntad de los representantes de los empleadores y de los trabajadores que garantiza una adecuada protección de los derechos de estos últimos, consideró la cartera laboral.

En su resolución, Trabajo dijo que las presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con personería gremial y las empresas para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 que se ajusten íntegramente al acuerdo de la CGT y la UIA serán homologadas.

Las empresas que quieran bajar 25% los salarios de trabajadores suspendidos deberán presentar el listado de personal afectado y Trabajo lo remitirá en vista a la entidad sindical con personería gremial correspondiente por un máximo de cinco días; vencido el plazo, el silencio tendrá por conforme respecto del acuerdo sugerido por la representación empleadora.

El acuerdo de referencia dice que el monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado.

Sobre éste monto deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones por las leyes 23.660 y 23.661 y el pago de la cuota sindical.

Solamente en esas condiciones o cuando se establezca un porcentual mayor a favor del trabajador, la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que se presenten, dando por cumplimentados los requisitos establecidos en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Caso contrario el acuerdo colectivo que presenten los sectores empresarios y sindicales será, en cada caso, sometido a consideración de la autoridad de aplicación a fin de evaluar su procedencia de acuerdo con la situación del sector o de la empresa.-

 

Fuentes: CTA / Info Gremial

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