Ya con media sanciòn del Senado, el proyecto de ley acaba de ser aprobado en Diputados con 132 votos a favor y 119 en contra.
La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de movilidad jubilatoria que presentò el poder ejecutivo nacional y que establece que los haberes de los jubilados se ajustarán con una fórmula que combina la recaudación de la Anses y la variación salarial.
La ley también incide en las asignaciones para determinar cómo aumentarán los montos de los beneficios.
La iniciativa obtuvo 132 votos a favor para imponerse a los 119 rechazos.
Los puntos claves de la movilidad jubilatoria que se aprobará
– Jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares se actualizarán cada tres meses.
– Se aplicará un índice que combina un 50 por ciento de la evolución de los salarios por el índice RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) y un cincuenta por ciento de la recaudación tributaria de Anses.
– En ningún caso, la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.
– La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) elaborará y aprobará el índice trimestral de la movilidad y realizará su posterior publicación.
– Se dispone que la primera actualización sobre la base de la movilidad especificada en el párrafo anterior se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021.
– Se establece que la movilidad dispuesta será aplicable a las prestaciones de los regímenes especiales a las que no se les aplique un incremento específico.
– Se faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que, en forma conjunta con el Ministerio de Economía y la Anses, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las normas aclaratorias y complementarias.