Bono para los desempleados

12/09/2023 | Revista Norte

Quiénes pueden cobrar $54.000 en septiembre. Los requisitos y cómo solicitar este beneficio. 

La Administración Nacional de Seguridad Social otorga un plan para quienes estén desempleados.

El organismo nacional, dirigido por Fernanda Raverta, comenzará a pagar un aumento escalonado para personas sin empleo y que puedan ser beneficiarios de la Prestación por Desempleo, que comprende a quienes hayan trabajado bajo relación de dependencia y fueron despedidos injustamente, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador.

Los montos de esta ayuda social ya habían sido confirmados en el mes de agosto.

La Prestación por Desempleo de ANSES 

La Prestación por Desempleo de Anses está dirigida a trabajadores en relación de  dependencia  o  trabajadores de la construcción que hayan sido despedidos sin justa causa,  por  finalización  de  contrato o por causas externas al trabajador, según lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 24.013.

Cuánto se cobra 

El monto de la prestación se calcula considerando los ingresos y los meses trabajados con aportes durante los  últimos 3 años. Asimismo, esta ayuda económica se actualiza de manera paralela al Salario Mínimo, Vital  y  Móvil. Por lo tanto, el incremento del 34% escalonado en los siguientes meses.

El monto de la prestación por Desempleo durante agosto se elevó a $31.294,40 como mínimo y $52.082,30 como  máximo, mientras que en septiembre los montos alcanzaron los $32.771,10 y $54.628,50, respectivamente.

Requisitos

Los requisitos que tiene la prestación de Desempleo para acceder es presentar el DNI (original y copia) y la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

  • Despedida/o sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despedida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Quiénes no pueden acceder al Fondo de Desempleo

  • Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
  • Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
  • Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
  • Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
  • Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
  •  Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.

Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:

  •  Servicio Doméstico.
  •  Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
  •  Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
  • Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.

Cómo anotarse 

Para cobrar la prestación por Desempleo de Anses se puede realizar la inscripción de manera online o presencial:

  •  Pedí un turno en anses.gob.ar para tramitar la Prestación por Desempleo en una oficina de Anses.
  •  Solicitá el plan por internet con la Atención Virtual o en Mi Anses, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.

Cuándo se cobra 

  • DNI terminados en 0 y 1: 21 de septiembre
  • DNI terminados en 2 y 3: 22 de septiembre
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de septiembre
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de septiembre
  • DNI terminados en 8 y 9: 27 de septiembre

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