Bs As. Judiciales firman convenio para regular el teletrabajo

27/04/2020 | Revista Norte

Desde la AJB destacaron que se respetarán los horarios de la jornada laboral habitual, y que la aplicación de la medida se trata de “una opción” y no de “una obligación”.

La Asociación Judicial Bonaerense (AJB) llevó adelante la firma de un acuerdo paritario con la Suprema Corte para regular el teletrabajo de empleados y funcionarios en el contexto del Covid-19. Además aseguró que el trabajo en domicilio “es una opción y no una obligación” y que se respetarán los horarios de la jornada laboral habitual.

La entidad gremial hizo hincapié en lo trascendente de la medida para los trabajadores judiciales ya que se trata del primer acuerdo regulatorio de esta modalidad de trabajo en el sector. “La AJB es el primer sindicato judicial que logra regular en el marco de una negociación colectiva las condiciones en que este trabajo debe ser desarrollado”, explicaron.

En tanto, desde el sindicato remarcaron que “la regulación consagra el carácter voluntario y revocable de esta modalidad laboral, por lo que sólo quienes cuenten con las condiciones adecuadas en su domicilio podrán incorporarse al sistema”.

“El teletrabajo es una opción y no una obligación y tenemos que hacer valer este derecho. Esto es muy importante porque no todos y todas están en condiciones de realizarlo: quienes están al cuidado de otras personas, no poseen equipamiento adecuado, viven en zonas con problemas de conexión a internet,  o comparten el uso de una única computadora con el resto del grupo familiar, no cuentan con posibilidades reales de desarrollar trabajo a distancia”, subrayó el secretario general del gremio, Pablo Abramovich.

Al mismo tiempo, el convenio establece respetar la jornada habitual de trabajo, de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Esto representa un punto importante ya que en muchos casos se ha detectado que la modalidad del teletrabajo se extiende más allá de los límites correspondientes de trabajo y los requerimientos laborales de multiplican.

Por último, desde la AJB aclararon que “los problemas de conexión o errores del sistema no pueden imputarse al personal, por lo que el tiempo perdido se considerará tiempo de trabajo, sin posibilidad de compensación”.-

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