La armonización previsional: Un tema oculto de la ley de Reparación Histórica

02/11/2016 | Revista Norte

jubilado

El grito desesperado de miles de jubilados argentinos se empieza a oír ante un sordo gobierno nacional que parece no querer escuchar y propuso “armonizar” las cajas de jubilaciones provinciales adecuando sus requisitos, por un lado, con la modificación de la edad jubilatoria y de los años de servicios; es decir, aumentándolos para el caso de aquellas en que sus regímenes tengan menores exigencias y, por el otro, la adecuación de la fórmula para el cálculo del haber que, en muchos casos, traerá aparejada la pérdida del 82% móvil que, en muchas provincias, se les paga a los beneficiarios.
Es así que los jubilados de 13 provincias que aún mantienen su propio régimen de seguridad social viven hoy horas de angustias, temor y preocupación en vista a que sus derechos pueden ser reducidos o modificados en un plazo de 120 días contados a partir de la vigencia de la Ley de Reparación Histórica la que, en su artículo 27, establece la situación de “compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones” y “colocar a todas las provincias en pie de igualdad en materia previsional”.
Esto equivale lisa y llanamente a una poda, disminución y cercenamiento en los derechos jubilatorios de Buenos Aires, La Pampa, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco, Formosa, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Neuquén que sufrirán la injusticia de una ley que priorizó más un blanqueo de capitales que en la reparación histórica de los jubilados argentinos.
Si bien en muchas jurisdicciones la armonización ya se dio tiempo antes, en Santa Fe y Córdoba por ejemplo donde la edad jubilatoria se aumentó hace unos años de idéntico modo a la ley nacional (65 años para los hombres y 60 para las mujeres), mantuvieron la fórmula para el cálculo de haber previsional mejor a como lo efectúa la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) para sus jubilados. Por otra parte, en Entre Ríos la edad exigida es menor (62 para los hombres y 57 para las mujeres) lo que implicará indefectiblemente la suba de los requisitos de efectivizarse la medida.
Desde la década de los 90 la mayoría de los gobernantes pusieron el ojo en el sistema previsional, sea nacional o provincial, al considerarlo como un gasto. El ejemplo se dio en la presidencia de Carlos Menem con la restricción al sistema público, solidario de reparto y la implementación de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP), de las que hoy sutilmente se vuelve a hablar en la gestión de Mauricio Macri como presidente ya que al parecer, con la reforma al sistema jubilatorio nacional, habría de restituirse.
Pero los que sufren siempre son los mismos: los trabajadores y los jubilados. En un país en donde la inseguridad jurídica y el péndulo de la historia se mueve de izquierda a derecha de acuerdo al color político que gobierne, siempre el pato de la boda lo pagan los que trabajaron durante toda la vida. En definitiva somos todos nosotros los que podemos quedarnos con las manos vacías y los bolsillos pobres de llevarse a cabo medidas que se prioricen la reducción de los “gastos” sociales.-

 

Por: Christian Gonzalez D´Alessandro.
Abogado especialista en derecho de la Previsión Social y en derecho de las Personas Mayores.
Magíster en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad Social, Universidad de Alcalá – OISS.
Profesor Adjunto en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de Universidad de Morón.
Director del Instituto de Derecho de las Personas Mayores y Políticas Gerontológicas del Colegio de Abogados de Morón.

 

NCN

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