Los regímenes especiales de docentes universitarios fueron excluidos de la ley general

04/03/2020 | Revista Norte

JUBILACIONES UNIVERSITARIAS 

CONADU y la Federación de Docentes lograron que su reclamo sea escuchado.

Tal como se anunció hoy en el Boletín Oficial, los regímenes especiales del sector docente universitario fueron excluidos de la modificatoria a los índices de movilidad general (establecido por decreto el mes pasado). El nuevo aumento para jubilados docentes-investigadores desde marzo será de 9.38%.

Recordemos que inicialmente el Poder Ejecutivo había decidido, en el mes de diciembre, eliminar los índices de movilidad propios de esos regímenes otorgándoles el índice de movilidad general para el mes de marzo (2,3% + $1.500.-). A partir de la denuncia de la CONADU Histórica, a la que luego se sumaron otras Federaciones docentes, se logró que se mantuvieran los índices y no fueran incluidos en la Ley 27.541 – art. 55° sancionada sobre fin del año pasado.

Los índices de movilidad (incrementos) a partir del 1 de marzo son los siguientes:

• Jubilados docentes preuniversitarios (Ley 24.016 – Dec. 137/05 – 82%) – Índice RIPDOC: 23,29%.

• Jubilados docentes universitarios simples, semis o exclusivas que no realizaron tareas de investigación (Ley 26.508 – 82%) – Índice RIPDUN: 30,64%.

• Jubilados docentes con dedicación exclusiva que realizaron tareas de investigación e Investigadores Científicos (Ley 22.929 – Dec. 160/05 – 85%) – Índice RIPTE: 9,38%

Más allá de esta definición gubernamental, se está muy alertas a la revisión que tendrán los regímenes jubilatorios. Esto quedó establecido en el art. 56° de la Ley 27.541 que textualmente dice: “…para que en el plazo de ciento ochenta (180) días, revise la sustentabilidad económica, financiera y actuarial y proponga al Congreso de la Nación las modificaciones que considere pertinentes relativas a la movilidad o actualización de los regímenes especiales…”.

Esta revisión quedará a cargo de los Ministerios de Trabajo y Economía de la Nación y de una comisión de legisladores del Congreso Nacional. La Federación anticipa al Ministro de Trabajo la necesidad de participar como Federación Nacional de los debates sobre el tema. –

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