Oran. Audiencia Pública sobre tarifaria con fuertes cuestionamientos por irregularidades

18/11/2021 | Revista Norte

ENTREVISTA AL DR. SABAG

Pidieron la nulidad de la audiencia por cuestionamientos de irregularidades que pueden significar «errores groseros» de nulidad de la norma.

Dr. Domingo Sabag

Con muy baja concurrencia, se llevó a cabo en el Concejo Deliberante una audiencia pública para tratar el aumento de las tarifas por los servicios que presta la municipalidad.

En la misma estuvieron los concejales junto al asesor legal del cuerpo y los funcionarios de Hacienda de la intendencia, más los participantes inscriptos para hacer uso de la palabra que fueron apenas cuatro personas.

Para conocer detalles de lo ocurrido, entrevistamos al doctor Domingo Sabag que participó como orador en la misma.

En su alocución, el Dr. Sabag hizo notar que el Concejo no puso a disposición de la población ni de los inscriptos para participar de esta audiencia la información y la documentación de lo que se iba a tratar en la misma. Esta falta de información, dijo Sabag, “impide al ciudadano, al contribuyente, poder analizarla para emitir una opinión”.

“No conocíamos el texto sobre el que íbamos a deliberar en el momento”, contó Sabag a Revista Norte, y remarcó que “eso tiene mucha importancia, porque las personas que quieren ir a una audiencia pública, tienen que conocer acabadamente el contenido del instrumento”.

“Yo no tengo el deber de concurrir al Concejo a pedir la ordenanza, yo tengo el derecho de ir a examinar la ordenanza. El deber de ponerlo a mi disposición es del Concejo, y además hacerme conocer que está a mi disposición”, sostuvo el abogado.

El Dr. Sabag también remarcó que a la audiencia solo concurrieron cuatro personas, “el hecho de que hubo una ausencia significativa de la población, demuestra que no hubo la suficiente publicidad”, sostuvo.

Sabag recordó que existe ya un antecedente de malos procedimientos que terminaron con un fallo de Inconstitucionalidad, por parte de la Corte de Salta, sobre la ordenanza tarifaria que aprobó el entonces intendente Marcelo Lara Gros y cuyos procedimientos estaban viciados por las irregularidades acometidas por el presidente del Concejo de ese momento, Rubén Antonio Caravajal, quien por ello también enfrentó un demanda por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

LA DOCUMENTACIÓN QUE NECESITA CONOCER EL CONTRIBUYENTE

“El debido proceso radica en la circunstancia de que se pueda poner a disposición de los ciudadanos el texto, para poder confrontarlo y poder emitir válidamente opinión”, explicó Sabag con fundamento.

“No solo la ordenanza tiene que estar a disposición, sino también todos los elementos que ha remitido el Departamento Ejecutivo para fundamentar el aumento de una Tasa o la creación de una Tasa o la exclusión de una Tasa”, reclamó el abogado; “y además, conocer los informes de las Comisiones; para ver qué han analizado las Comisiones del Concejo”, sostuvo.

“No estuvo nunca a disposición de la población ni la ordenanza ni los informes, no sabemos qué parámetros se han tomado para aumentar las Tasas”, cuestionó Sabag.

“Además, hay otro elemento que es muy importante: las Tasas son retributivas de servicios, entonces es importante conocer qué costos se han tenido en cuenta para aplicar una determinada Tasa a un servicio (…) estos son los componentes de una Tasa”. “Porque uno de los requisitos fundamentales de una Tasa es la ‘Proporcionalidad’, es decir, la plata que se paga tiene que ser proporcional al servicio que se recibe”, explicó el abogado.

Carlos Manzur haciendo uso de la palabra en la audiencia

CORREGIR LOS ERRORES

“Todavía estamos a tiempo de corregir los errores. Que no se cometa el mismo error que cometió Rubén Caravajal en aquel entonces”, recordó Sabag sobre la última Tarifaria declarada Inconstitucional tras una presentación judicial que impulsó hace cuatro años.

“El señor Manzur (Carlos Manzur, quien también fue orador en la auciencia) propuso que se prorrogue la audiencia, que se fije otra fecha. Yo sostuve que es nula la esta audiencia porque no se han respetado los procedimientos, y que debería llamarse a una nueva y poner a disposición de la gente todos los elementos”.

“Si este es un procedimiento espurio, si es un procedimiento viciado de nulidad, si es un procedimiento ilegal; no se puede sancionar una ordenanza que sea legal. No se puede admitir que una ley, que tiene que ser moralmente perfecta, formada de acuerdo a los cánones procedimentales, tome como base para su formación un procedimiento que tiene errores groseros. Entonces, es tiempo de corregirlo”, enfatizó Sabag.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Maximum one link per comment. Do not use BBCode.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.