Sanción judicial contra la revista Fuera de la Ley por agravios sexistas y en contra de funcionarias

23/01/2020 | Revista Norte

INSOLENTE/INCOMPRENDIDO 

El director de la revista policial oranense recibió un fallo en su contra que lo obliga a formarse sobre Violencia Mediática con perspectiva de Género.

El poder judicial no le encontraba la forma para ir contra Luis María Gómez, director de la revista Fuera de la Ley, que acumula desde hace varios años denuncias contra sus polémicas publicaciones a las que se defiende invocando censura.

Ahora se conoció que el Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta presentó una denuncia, ante el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género del Distrito Judicial Orán, contra Gómez. La denuncia fue firmada por el presidente del Comité, Abel Cornejo, actual Procurador General de la Provincia (el jefe de los fiscales). Así que Luis María Gómez finalmente fue sancionado con una condena de capacitación y restricción a contenidos de sus publicaciones.

¿Qué dice su condena?

El sitio oficial de la Procuración publicó la determinación judicial contra el director y propietario de Fuera de la Ley:

COMITÉ EVALUACIÓN DE FEMICIDIO

Violencia de Género: sancionan al titular de un medio por publicaciones agraviantes y descalificantes

A partir de la denuncia presentada por el Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta contra la revista “Fuera de la Ley” y contra su titular, el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género del Distrito Orán, le impuso prohibiciones en cuanto sus publicaciones y estableció que deben capacitarse sobre violencia mediática con perspectiva de género.

Ante publicaciones realizadas por la revista “Fuera de la Ley”, donde a través de agravios y descalificaciones, deliberadamente, ataca a funcionarias y magistradas del Ministerio Público que cumplen con diversas funciones en las áreas de investigación de diversos delitos, especialmente aquellos donde se encuentran vulnerados derechos de niñas, niños y mujeres, y en problemáticas tan sensibles como la violencia contra las mujeres, el género y los delitos contra la integridad sexual, el Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta, presentó una denuncia ante el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género del Distrito Judicial Orán contra Luis María Gómez como titular del medio.

En la denuncia firmada por el presidente del Comité, Abel Cornejo, se señala que los ataques implican una mayor vulneración de derechos de quienes, como víctimas de delitos, solicitan la intervención del sistema de administración de justicia. Atacando a las funcionarias y profesionales, también se afectan derechos fundamentales de las víctimas, lo que se denomina Victimización Secundaria o Revictimización, en tanto de modo directo o indirecto aluden a las causas donde se ventilan situaciones tan sensibles para la comunidad, con mayor razón, en la provincia de Salta con declaración de emergencia social en materia de violencia de género desde el año 2014.

Los agravios a víctimas, funcionarias y magistradas implican también la afectación del Acceso a Justicia de quienes sufren aquellos delitos. El Acceso a Justicia es un Derecho Humanos Fundamental y garantizarlo es un deber insoslayable del estado en su conjunto.

La prensa también debe ser respetuosa de pautas que han sido elaboradas con la finalidad de respetar los derechos y garantías de las personas víctimas de delitos y, en consecuencia, también de aquellas personas que desarrollan funciones para el esclarecimiento de delitos que se sostienen en estructuras sociales patriarcales, machistas, misóginas.

En razón de esto, la jueza Adriana Maidana Vega, resolvió prohibir a Luis María Gómez como titular de la revista “Fuera de la Ley”, la publicación de imágenes, nombres o datos que permitan conocer en forma directa o indirecta la identidad de mujeres, niños, niñas o adolescentes víctimas de delitos y toda publicación que contenga datos sensibles de la causa y que afecte sus derechos fundamentales.

Prohíbe también publicaciones con connotaciones misóginas, toda comunicación sexista y descalificadora de las operadoras de justicia, cualquiera sea su tarea, cargo o jerarquía, bajo apercibimiento de desobediencia judicial.

Finalmente establece en la resolución un plazo de 60 días dentro de los cuales el titular del medio y su personal, deberán recibir capacitación en la materia, ley 26485 y 7888 y en especial sobre Violencia Mediática con perspectiva de Género.-

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