Subiría el 350% el gas en Salta

02/10/2012 | Revista Norte

El presupuesto 2013 pondrá en vigencia la suba de hasta el 350% del gas

/ EL GOBIERNO LEGITIMARÁ, CON SUS MAYORÍAS EN EL CONGRESO, EL DECRETO QUE LA JUSTICIA DECLARÓ INCONSTITUCIONAL / 

El nuevo marco no tendrá efectos retroactivos para los usuarios que no pagaron los sobrecostos. La sanción que el Gobierno busca imponer en el Congreso tampoco incidirá en el servicio de energía eléctrica.

 

El dictamen que la mayoría oficialista se dispone a firmar hoy en Diputados de la Nación abrirá el camino a una ley de presupuesto que contempla pesadas subas en las boletas del gas de 50 mil hogares salteños.

Con la aprobación del artículo 54 del proyecto que envió al Congreso, el Gobierno espera legalizar al cargo tarifario que creó por decreto 2067, a fines de 2008, y desató fallos de inconstitucionalidad en todo el país desde los inicios de 2009.

El primero de esos pronunciamientos judiciales, por los que miles de usuarios siguen cubiertos de sobrecostos de hasta un 350% en sus facturas, fue dictado en Salta en abril de 2009, ante un amparo del Defensor del Pueblo capitalino, Alvaro Ulloa. La cautelar del juez federal Julio Bavio abarcó inicialmente a la ciudad de Salta, pero luego se extendió a toda la provincia, tras una presentación del titular de Codelco, Guillermo Durand Cornejo.

En noviembre de 2009, Bavio declaró la inconstitucionalidad del exorbitante cargo, con una resolución que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó en marzo de 2010. Por las apelaciones del Gobierno nacional, la causa llegó a la Corte Suprema, donde sigue en espera de un pronunciamiento final. El mismo curso siguieron otros amparos colectivos interpuestos por la Defensoría del Pueblo de la Nación y en provincias como Jujuy, Tucumán, Chubut, Santa Cruz, Río Negro, Neuquén y Mendoza. En todos los casos, los jueces concluyeron en la inconstitucionalidad del decreto 2067/08, tanto por su naturaleza tributaria (los impuestos son facultad exclusiva del Congreso) y la desproporción con que el gravamen habilitado por la presidenta Cristina Fernández impactó en las boletas.

Amparados en los fallos, decenas de miles de usuarios en Salta y otras provincias hicieron valer, ante las distribuidoras, su opción a pagar únicamente el costo del gas consumido y no así los onerosos conceptos facturados primero como “cargo del decreto 2067/08” y después como “costo del gas importado”.

Agotados los marcos de excepcionalidad, subsidios estacionales y otras variantes cosméticas con las que el Ministerio de Planificación Federal y el Enargas intentaron aquietar las aguas, el Ejecutivo decidió legitimar el cargo que no pudo imponer por decreto con una sanción del Congreso de la Nación. Y eligió para ello la ley del presupuesto.

El artículo 54 del proyecto, cuya aprobación se da casi por segura en vista de los números que reúne el oficialismo en ambas cámaras, expresa: “El cargo y el Fondo Fiduciario creados por el decreto N§ 2067 de fecha 27 de noviembre de 2008 se regirán por lo previsto en la ley N§ 26095, considerándose incluidos dentro de las previsiones de la citada ley todos los actos dictados en el marco del decreto N§ 2067/08. Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a dictar todas las normas complementarias, aclaratorias y modificatorias que sean necesarias para hacer efectivo lo dispuesto por la ley N§ 26095”.

Frente al citado artículo, con el que se dará por salvada la inconstitucionalidad del tributo al gas importado, la mayor duda pasa por el grado de discrecionalidad con que el Ejecutivo volcará las facultades cedidas por el Congreso. El gran interrogante, en efecto, está en todas esas “normas complementarias, aclaratorias y modificatorias” a las que hace referencia el artículo 54 de la ley del presupuesto nacional de 2013.

Al respecto, el ombudsman Alvaro Ulloa y legisladores nacionales de los bloques de la oposición aclararon que el pretendido marco de legitimación solo podrá aplicarse para adelante, y de ningún modo con retroactividad, algo que debería tranquilizar a los usuarios que en todo este tiempo vinieron pagando a las distribuidoras únicamente los consumos efectivos de gas, en espera de un pronunciamiento final de la Corte que, en pocos días más, podría quedar relegado a una cuestión abstracta.

 

Alvaro Ulloa, Defensor del Pueblo

“El Gobierno provincial debería reclamar un cese de la discriminación que sufren miles de familias salteñas con el gas, en una provincia que es la segunda productora nacional, con el 15% de la producción, y que consume menos del 2% de ese total en sus hogares. Más allá de esto, los usuarios que rechazaron pagar el cargo del decreto 2067/08 deben saber que la ley que se busca imponer no será retroactiva”.

 

Sonia Escudero, Senadora

Frente al artículo del proyecto de presupuesto que intenta salvar la inconstitucionalidad del cargo creado por el decreto 2067/08, estamos insistiendo en que la categorización de Salta es injusta frente a otras provincias. Las tarifas deben ser justas y razonables. Cualquier norma que se apruebe no será retroactiva. El artículo 54 del proyecto tampoco alcanzará, como se informó incorrectamente, a otros servicios como la energía eléctrica”.

 

Bernardo Biella, diputado nacional

“Los legisladores debemos defender, ante todo, las economías de las familias. Por eso, si se pretende con el presupuesto aprobar una ley que incremente las tarifas del gas para la importación, me opondré rotundamente y buscaré que se reconozca que mi provincia, al ser hidrocarburífera, no solo no merece más subas en el costo de servicios esenciales, sino que merece beneficios que nunca tuvo”.-

 

 

Publicado por El Tribuno

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